miércoles, 23 de marzo de 2011

Sobre la Reforma Laboral

PRONUNCIAMIENTO DE LA RED NACIONAL DE ORGANISMOS CIVILES DE DERECHOS HUMANOS TODOS LOS DERECHOS PARA TODAS Y TODOS
 
SOBRE LA REFORMA LABORAL
 
Boletín 03/2011
·         Organizaciones de derechos humanos reprobamos la iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo presentada por el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI)
·         Después de la fallida intentona del PRI para que se aprobara la reforma a la Ley Federal del Trabajo a través de una serie de violaciones a los procedimientos legislativos, se exhorta al Congreso de la Unión a rechazar dicha propuesta por atentar directamente contra los derechos humanos laborales de las y los trabajadores de la República Mexicana
 
Las organizaciones que conformamos la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los derechos para Todas y Todos”, reunidas durante la XLI Asamblea Nacional , condenamos la propuesta de reforma a la Ley Federal del Trabajo presentada el día 10 de marzo del presente año por el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI).
La Red TDTT consideramos que la iniciativa representa  un atentado directo al carácter tutelar de la ley, donde los derechos de las y los trabajadores son vulnerados y extinguidos. La razón principal de dicha iniciativa es privilegiar “la productividad”, como la única posibilidad de generar empleos y atraer la inversión privada. Y la consecuencia principal de una contrarreforma como la que presenta el PRI-PAN será más trabajo precario, indecente e indigno.
 
La tendencia para reformar las disposiciones en materia de trabajo es relativizar la obligatoriedad de los contratos colectivos de trabajo, pagar el salario por hora, por obra y por productividad, disponer de la jornada de trabajo según las necesidades del mercado, reducir las prestaciones económicas y en especie así como terminar con la prima de antigüedad e intentar inhibir lo más posible el derecho a huelga, entre otras.
 
La iniciativa atenta directamente contra los siguientes principios de derechos humanos laborales consagrados en la legislación nacional e internacional:
 
·         Empleo Estable: Al eliminar del texto la garantía de estabilidad mientras exista la materia de trabajo, la Iniciativa abre la puerta para que el trabajador y trabajadora sean contratados y despedidos a voluntad del empleador eliminando la posibilidad de acceder a algún tipo de indemnización. De igual forma al legalizar los contratos temporales-  introduciendo los conceptos de prueba, capacitación inicial y labores discontinuas que rompen con el principio de ascenso con base en la antigüedad-, así como legalizar el contratismo de terceristas (por medio del outsourcing), permitiendo que los patrones no asuman sus obligaciones laborales y lo hagan por ellos los contratistas, se estaría vulnerando el derecho a la estabilidad en el empleo.
 
·         Salario Suficiente: La iniciativa propone establecer un salario proporcional por el tiempo laborado por lo que un trabajador o trabajadora a la que se contrate por horas no podrá obtener una remuneración equitativa que garantice al trabajador y trabajadora y a su familia la satisfacción de sus necesidades básicas.
 
·         Condiciones satisfactorias de trabajo: La propuesta rompe con los principios de contar con un horario de trabajo y descanso suficiente para recuperar la energía perdida, ya que introduce la posibilidad de ajustar las jornadas laborales de acuerdo a las necesidades de la producción.
 
·         Derechos Colectivos: Estos derechos comprenden el derecho de libertad sindical, contratación colectiva y derecho a huelga. La propuesta del PRI hace caso omiso a las críticas planteadas por organizaciones sociales y sindicatos democráticos en cuento a la existencia de contratos colectivos de trabajo de protección patronal y al control sindical corporativo. Además, al legalizar la subcontratación así como las agencias de contratación de personal se obstaculiza la posibilidad de que todos y todas las trabajadoras de un centro laboral puedan estar resguardados por un contrato colectivo único.
 
·         No discriminación: Uno de los principios rectores de los derechos humanos es la no discriminación, con esta iniciativa se rompe con el principio de salario igual a trabajo igual, dado que diferentes compañías a través de la subcontratación pueden pagar a sus empleados de forma diferenciada.
 
·         Igualdad de género: Esta iniciativa de nueva cuenta ubica los derechos de las mujeres trabajadoras en el ejercicio de la maternidad. Si bien se observa la necesidad de incorporar la figura del hostigamiento sexual como parte de las prohibiciones establecidas para los patrones, no se desarrolla un mecanismo eficaz para sancionar dicha acción, dejándolo en un sentido meramente enunciativo.
 
·         Justicia laboral: Retrocede el derecho de acceso a la administración e impartición de justicia al ampliar las etapas del proceso laboral, con la intención de dilatar los juicios laborales.
 
Es importante recordarle al Estado Mexicano, que es él, el principal obligado a respetar, proteger, garantizar y promover la vigencia de los derechos humanos laborales dentro de nuestro territorio. La iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo, presentada por el Partido Revolucionario Institucional, es una propuesta regresiva en materia de Derechos Humanos Laborales y significa una violación a los compromisos internacionales en materia de Derechos Humanos firmados y/o ratificados por el Gobierno Mexicano.
 
Por lo que, de aprobarse en los términos en los que está propuesta, veremos en un futuro inmediato la presentación de nuevas denuncias ante los organismos internacionales de Derechos Humanos.
 
Finalmente, exhortamos al Congreso de la Unión que de  aprobar una Reforma Laboral, esta cumpla con las obligaciones que en materia de Derechos Humanos el Estado Mexicano ha adquirido con la firma y ratificación de diversos convenios de la Organización Internacional del Trabajo, así como de la Organización de los Estados Americanos, los cuales establecen claramente los estándares mínimos de protección en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales a homologar en cualquier reforma de la legislación nacional.
 
 
RED NACIONAL DE ORGANISMOS CIVILES DE DERECHOS HUMANOS TODOS LOS DERECHOS PARA TODAS Y TODOS
conformada por 70 organizaciones en 23 estados de la República
Agenda LGBT, Asistencia Legal por los Derechos Humanos, A.C. (Distrito Federal); Asociación Jalisciense de Apoyo a los Grupos Indígenas, A.C. (Guadalajara, Jal.);  Asociación para la Defensa de los Derechos Ciudadanos "Miguel Hidalgo", A.C. (Jacala, Hgo.); Católicas por el Derecho a Decidir, A.C. (Distrito Federal); Centro “Fray Julián  Garcés” Derechos Humanos y Desarrollo Local, A. C. (Tlaxcala, Tlax.); Centro de Apoyo al Trabajador, A.C. (Puebla, Pue.); Centro de Derechos Humanos "Fray Bartolomé de Las Casas", A. C. (San Cristóbal de Las Casas, Chis) ; Centro de Derechos Humanos "Fray Francisco de Vitoria O.P.",A. C. (Distrito Federal); Centro de Derechos Humanos "Miguel Agustín Pro Juárez", A. C. (Distrito Federal); Centro de Derechos Humanos “Don Sergio” (Jiutepec, Mor.); Centro de Derechos Humanos “Fray Matías de Córdova”. A.C. (Tapachula, Chis); Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, A. C.  Tlapa, Gro.); Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (Chihuahua), Centro de Derechos Humanos, “Juan Gerardi” , A. C. (Torreón, Coah.); Centro de Derechos Humanos Ñu’u Ji Kandií, A. C. (Tlaxiaco, Oax.); Centro de Derechos Humanos Paso del Norte (Cd. Juárez), Centro de Derechos Humanos Solidaridad Popular, A.C. (Monterrey, N.L.); Centro de Derechos Humanos Tepeyac del Istmo de Tehuantepec, A. C. (Tehuantepec, Oax); Centro de Derechos Humanos Victoria Diez, A.C. (León, Gto.); Centro de Derechos Indígenas “Flor y Canto”, A. C. (Oaxaca, Oax.); Centro de Derechos Indígenas A. C. (Bachajón, Chis.); Centro de los Derechos del Migrante (Zac. Zacatecas); Centro de Estudios Fronterizos y Promoción de los Derechos Humanos, A. C. (Reynosa, Tamps.); Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, A. C. (Guadalajara, Jal.); Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL-DF) (Distrito Federal); Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL-Guadalajara) (Guadalajara, Jal.); Centro Diocesano para los Derechos Humanos “Fray Juan de Larios”,A.C. (Saltillo, Coah.); Centro Juvenil Generando Dignidad (Comalcalco, Tabasco); Centro Hermanas Mirabal de Derechos Humanos (León, Gto.), Centro Mujeres (La Paz, BC.), Centro Regional de Defensa de DDHH José María Morelos y Pavón, A. C. (Chilapa, Gro.); Centro Regional de Derechos Humanos “Bartolomé Carrasco”, A. C. (Oaxaca, Oax.); Ciencia Social Alternativa, A.C. - KOOKAY (Mérida, Yuc.); Ciudadanía Lagunera por los Derechos Humanos, A. C. (Torreón, Coah.); Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A. C. (Monterrey, NL); Colectivo Educación para la Paz y los Derechos Humanos, A.C. (San Cristóbal de Las Casas, Chis.); Colectivo contra la Tortura y la Impunidad (Distrito Federal); Comité Cerezo (Distrito Federal); Comisión de Derechos Humanos "La Voz de los sin voz" (Coyuca de Benítez, Gro.); Comisión de Derechos Humanos y Laborales del Valle de Tehuacan, A.C. (Tehuacan, Pue.); Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos, A. C. (Chihuahua, Chih.); Comisión Independiente de Derechos Humanos de Morelos, A. C. (CIDHMOR) (Cuernavaca, Mor.); Comisión Intercongregacional "Justicia, Paz y Vida" (Distrito Federal); Comisión Parroquial de Derechos Humanos “Martín de Tours”, A.C. (Texmelucan, Pue.); Comisión Regional de Derechos Humanos "Mahatma Gandhi", A. C. (Tuxtepec, Oax.); Comité de Defensa de las Libertades Indígenas (CDLI) (Palenque, Chis.); Comité de Derechos Humanos Ajusco (Distrito Federal); Comité de Derechos Humanos "Fr. Pedro Lorenzo de la Nada", A. C. (Ocosingo, Chis.); Comité de Derechos Humanos “Sierra Norte de Veracruz”, AC. (Huayacocotla, Ver.); Comité de Derechos Humanos de Colima, No gubernamental, A. C. (Colima, Col.); Comité de Derechos Humanos de Comalcalco, A. C.  (Comalcalco, Tab); Comité de Derechos Humanos de Tabasco, A. C. (Villahermosa, Tab); Comité de Derechos Humanos y Orientación Miguel Hidalgo, A. C. (Dolores Hidalgo, Gto.); Comité Sergio Méndez Arceo Pro Derechos Humanos de Tulancingo, Hgo AC (Tulancingo, Hgo.); Frente Cívico Sinaloense. Secretaría de Derechos Humanos. (Culiacán, Sin.); Indignación, A. C. Promoción y Defensa de los Derechos  Humanos (Chablekal, comisaría del municipio de Mérida, Yuc.); Iniciativas para la Identidad y la Inclusión A.C. (Distrito Federal); Instituto Guerrerense de Derechos Humanos, A. C. (Chilpancingo, Gro.); Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (Distrito Federal); Instituto Mexicano para el Desarrollo Comunitario, A. C. (IMDEC), (Guadalajara, Jal.); Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente, - Programa Institucional de Derechos Humanos y Paz, (Guadalajara, Jal.); Instituto de Derechos Humanos Ignacio Illacuria, Universidad Iberoamericana-Puebla (Puebla,Pue); Programa Universitario de Derechos Humanos. UIA –León (León, Gto.); Proyecto de Derechos Económicos, Sociales Y Culturales (PRODESC) (Distrito Federal); Promoción de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Estado de México); Respuesta Alternativa, A. C. Servicio de Derechos Humanos y Desarrollo Comunitario (San Luis Potosí, S.L.P.); Servicio, Paz y Justicia de Tabasco, A.C. (Villahermosa, Tab.); Servicio, Paz y Justicia, México (SERPAJ-México) (Comalcalco, Tab.); Taller Universitario de Derechos Humanos, A. C. (TUDH) (Distrito Federal) 

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Descarga de documentos que abordan La Reforma de la LFT:
Presentación en Power Point:



Boletín de Prensa de la ANAD:




 

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